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FSSC 22000 V5 – Principales cambios en sedes certificadas: Lo que necesita saber

21 agosto 2019
La FSSC 22000 V5 fue publicada en Junio de 2019 y se hace obligatoria para todas las sedes a partir del 1 de enero de 2020.

Documentación sobre la norma

Se han combinado varios documentos previos en el documento de la norma principal:

Norma FSSC 22000 V5:

  • Parte 1: Perspectiva de la norma

  • Parte 2: Requisitos para organizaciones a auditar

  • Parte 3: Requisitos del proceso de certificación

  • Parte 4: Requisitos para organismos de certificación

  • Parte 5: Requisitos para organismos de acreditación

  • Parte 6: Requisitos para organismos de formación

  • Apéndice 1: Definiciones

  • Apéndice 2: Referencias

Para familiarizarse con los nuevos requisitos, le recomendamos que visite la página web de FSSC 22000, donde podrá encontrar todos los documentos de la norma de forma gratuita.

La ISO 22000:2005 ha sido remplazada por la ISO 22000:2018. Puede descargar la información sobre los cambios en dicha norma aquí. Todas las empresas certificadas en FSSC realizarán la transición a las ISO 22000:2018 en 2020.

Cláusulas 2.5.6, 2.5.7, 2.5.9

  • Gestión de alérgenos: El alcance se ha ampliado para cubrir más categorías de alimentos (C, E, FI, G, I y K) (Cláusula 2.5.6)

  • Seguimiento ambiental: El alcance se ha ampliado para cubrir más categorías de alimentos (C, E, FI, I y K) (Cláusula 2.5.7)

  • Nuevos requisitos para el transporte y entrega (Categoría FI) (Cláusula 2.5.9): Minimiza el potencial de contaminación.

Cláusula 4.4 – Contrato

Las empresas certificadas tienen la obligación contractual de informar al organismo de certificación dentro de un plazo de 3 días de las siguientes eventualidades que puedan afectar al certificado FSSC:

  • Cambios significativos que puedan afectar al cumplimiento con los requisitos normativos.

  • Eventualidades graves que puedan tener impacto en el sistema de gestión de seguridad alimentaria, en su legalidad o integridad del certificad, incluyendo procedimientos legales, juicios, o situaciones que supongan una seria amenza para la seguridad alimentaria, la calidad o la integridad del certificado como resultado de desastres naturales o causados por el hombre (guerra, huelga, terrorismo, crimen, inundación, terremoto, ataque cibernético...)

  • Eventualidades de seguridad alimentaria públicos (retirada de productos, brotes de seguridad alimentaria, incidentes...)

  • Cambios en el nombre de la empresa, dirección y otros detalles de sus sedes.

  • Cambios organizativos (legales, comerciales, estatus organizativo o accionariado) y gestión.

  • Cambios en el sistema de gestión, alcance de las operaciones y categorías de productos cubiertas por el sistema de gestión.

  • Cualquier otro cambio que comprometa la información del certificado.

Cláusula 5.4.1 – Auditorías no anunciadas

Las organizaciones certificadas pueden elegir de forma voluntaria pasar las auditorías de mantenimiento de forma no anunciada. Las auditorías de recertificación podrán realizarse de forma no anunciada si así lo requiere la empresa certificada. 

Adutorías en la sede principal y sedes múltiples

En caso de tener una no conformidad en la sede principal, esta tendrá impacto equivalente en los procedimiento aplicables a todas las sedes.

Los tiempos para gestionar las no conformidades son:

  • No conformidad menor

El organismo de certificación debe dar su aprobación en un periodo de 3 meses desde la fecha del útimo día de auditoría. Exceder dicho periodo supondrá la suspensión del certificado.

  • No conformidad mayor

El organismo de certificación deberá revisar el plan de acciones correctivas y realizar un seguimiento presencial para verificar la implementación de la acción correctiva para cerrar la no conformidad mayor. El organismo de certificación podrá decidir realizar una revisión documental remota si lo considera suficiente. Cualquier actividad de seguimiento debe completarse en un plazo de 28 días desde el último día de la auditoría. 

  • No conformidad crítica

Debe realizarse una auditoría separada por el organismo de certificación entre 6 semanas a 6 meses después de la auditoría para verificar la implantación efectiva de las acciones correctivas.